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Fiscalía cierra más de 22.500 casos mediante salidas alternativas

LA PAZ/AGENCIAS

El Ministerio Público promueve las salidas alternativas y logró concluir 22.698 casos mediante requerimientos de criterio de oportunidad, conciliación, procedimiento abreviado y la suspensión condicional del proceso, informó el director de la Fiscalía Especializada en Delitos Patrimoniales, Cristhian Miranda.

     “Desde el año 2019 a octubre de 2022, se inició el trabajo de promoción de las salidas alternativas y se logró concluir más de 22.000 casos de delitos como estafas, robo, hurto, estelionato, lesiones graves en accidentes de tránsito, entre otros (delitos) menos graves”, indicó Miranda.

     Explicó que estas salidas alternativas se dieron en el marco del Modelo de Gestión Fiscal por Resultados con el objetivo de resolver los casos en el menor tiempo posible.

     Las Fiscalías Especializadas en Delitos Patrimoniales y Solución Temprana concluyeron 3.939 casos con la salida alternativa de criterio de oportunidad, 10.069 a través de la conciliación, 7.036 casos cerrados a través del procedimiento abreviado.

     Además de 1.654 casos con la suspensión condicional del proceso, haciendo un total de 22.698 casos que fueron descongestionados de la carga procesal activa.

     El artículo 326 del Código de Procedimiento Penal establece cuatro tipos de salidas alternativas:

     El criterio de oportunidad en casos de escasa relevancia social, que se aplica cuando el imputado acuerda reparar el daño causado a la víctima.

     La suspensión condicional del proceso que es un acuerdo entre las partes con la reparación del daño o el afianzamiento suficiente, aplicado a delitos cuya pena privativa de libertad sea igual o inferior a seis años, previo cumplimiento de ciertas condiciones durante un periodo establecido por el juez de la causa.

     La conciliación es el acuerdo voluntario que surge entre las partes para la reparación del daño a la víctima, que permita la conclusión del proceso e incluso la extinción de la acción penal.

     El procedimiento abreviado que permite la simplificación del proceso, en virtud del acuerdo entre el Fiscal, el imputado y su abogado defensor de prescindir del juicio ordinario facultando al juez, en caso de admitir su procedencia sobre la base de la admisión de los hechos por parte del imputado e imponer una sentencia, explicó Miranda.

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