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TSJ ANULA EL PROCESO ORDINARIO CONTRA LEOPOLDO FERNÁNDEZ Y ORDENA JUICIO DE RESPONSABILIDADES

SUCRE/AGENCIAS.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró nulo el proceso penal ordinario seguido contra el exprefecto de Pando, Leopoldo Fernández, acusado por la Masacre de Porvenir (2008), por considerar que no se respetó su fuero especial como exautoridad departamental.

 Ahora, la causa fue remitida a la Fiscalía General del Estado para su tramitación mediante un juicio de responsabilidades, informó el presidente de la Sala Penal del TSJ, Carlos Ortega.
 “La jurisdicción ordinaria nunca tuvo competencia para procesar a Leopoldo Fernández, ya que el hecho imputado data de 2008, cuando él aún ostentaba el cargo de prefecto”, afirmó Ortega a Correo del Sur.
 El magistrado explicó que el auto supremo se fundamenta en el precedente vinculante de la Sentencia Constitucional 405/2023-S4, la cual establece que los exprefectos deben ser juzgados por la vía de juicio de responsabilidades cuando los delitos atribuidos se relacionan con el ejercicio de sus funciones.
 El TSJ instruyó que los antecedentes del proceso sean remitidos al fiscal general del Estado, Roger Mariaca, para que inicie un juicio de responsabilidades.

ANTECEDENTES
El Exprefecto pandino fue condenado en 2017 a 15 años de prisión por el delito de homicidio, junto a otras 13 personas, a causa de los decesos ocurridos en la localidad de Porvenir, en septiembre de 2008, cuando se produjo un enfrentamiento entre campesinos y funcionarios de la prefectura, que derivó en la muerte de 15 personas. El caso se conoce como la “Masacre de Porvenir”.
El enfrentamiento ocurrió cuando un grupo de campesinos y normalistas se dirigían hacia las oficinas del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) de Cobija y fueron interceptados por funcionarios de la Prefectura en el municipio de Porvenir, a unos 30 kilómetros de distancia de la capital.
Investigaciones de organismos internacionales concluyeron que de los 15 muertos, 13 eran campesinos y normalistas afines al MAS y dos funcionarios de la Prefectura.
Leopoldo Fernández Ferreira fue condenado en 2017 a 15 años de prisión por delito de homicidio, junto con otras 13 personas. Estuvo en prisión preventiva entre 2008 y 2013, y posteriormente cumplió detención domiciliaria hasta 2019.
La defensa del exprefecto reclamó ante esa instancia judicial por la vulneración de su derecho al debido proceso, en el componente de la garantía del juez natural.
La Sala Penal analizó el caso a partir de una sentencia constitucional y la justicia interamericana. Para el magistrado, el principio de igualdad debe imperar en el momento de procesar a toda personal ante la ley.

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