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Trabajadores podrán tramitar bajas por Covid-19 con prueba rápida

COBIJA/PERLA DEL ACRE

Por Decreto Supremo, los trabajadores podrán solicitar su baja o alta médica por coronavirus, tras obtener resultados de una prueba rápida o PCR realizada en un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud.

     El ministro de Trabajo, Oscar Mercado, explicó este martes los alcances del Decreto Supremo 4295 emitido por el Gobierno de transición. Dicha norma establece que los trabajadores afectados por Covid-19 podrán tramitar su certificado de baja laboral por hasta 14 días con la presentación del resultado de la prueba.

     Explicó que a partir de ahora “no solo se aceptan las pruebas PCR en tiempo real como pruebas para poder tramitar una baja, se aceptan también las pruebas rápidas”.

     La autoridad laboral detalló que la única condicionante es que la prueba rápida o la prueba molecular (PCR) sea realizada en un instituto o en un laboratorio autorizado por el Ministerio de Salud y/o el Sedes (Servicio Departamental de Salud), sus laboratorios de referencia o también los laboratorios de los respectivos seguros sociales.

     Asimismo aclaró que también son válidas las pruebas de  los laboratorios privados pero solamente los autorizados.

     El procedimiento para la baja es poner en conocimiento de esta situación a la unidad de recursos humanos del lugar de trabajo, sea una entidad pública o privada con el documento positivo Covid-19, que tendrá valor de declaración jurada; es decir, su falsedad importaría sanciones penales.

     “Una vez que una persona constate que dio positivo para coronavirus lo único que tiene que hacer es poner en conocimiento de esta situación a su unidad de recursos humanos ya sea de una entidad pública o privada, de tal modo de que sea quien se contacte con el seguro social y este haga las gestiones para tramitar la baja”, indicó en conferencia de prensa.

     La baja tendrá una duración de 14 días desde el día que una persona constate que dio positivo al virus. Si por alguna razón, tras ese periodo, los resultados siguen siendo positivos, se debe realizar el mismo procedimiento inicial, el cual tiene valor de declaración jurada.

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