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Cobija en Riesgo Alto flexibiliza actividades públicas y privadas desde el 1 de julio

COBIJA/PERLA DEL ACRE

Pese a los altos índices de personas infectadas con Covid-19, decenas de fallecidos y el colapso del sistema de salud, el gobierno municipal de Cobija determinó que -del 1 al 31 de julio- las instituciones públicas y privadas pueden desarrollar sus actividades de lunes a viernes, en horario continuo, cumpliendo con las medidas de bioseguridad.

      El Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM) en coordinación con el Centro de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) determinó -desde el 1 de julio- aplicar la Cuarentena Condicionada y Dinámica de Riesgo Alto en la capital pandina.

      El Decreto Municipal Nº 21/2020 señala que las personas comprendidas entre las edades de 18 a 65 años podrán circular de 07.00 a 15.00 horas, según la terminación del último dígito de su Cédula de Identidad: lunes 1-2, martes 3-4, miércoles 5-6, jueves 7-8, y viernes 9-0, a fin de abastecerse de productos e insumos necesarios en las cercanías de su domicilio o residencia y en las ferias zonales, así como para realizar transacciones bancarias.

     A efectos de reactivar gradualmente las actividades dentro de la jurisdicción municipal, precautelando la salud de la ciudadanía, desde el 1 de julio se reanuda el trabajo en el sector público y privado en horario de 08:00 a.m. hasta 13:00 p.m. de lunes a viernes, con la restricción del 50% de la capacidad del personal, pudiendo cada institución programar, priorizar y alternarlos, de acuerdo a determinación interna.

      Las actividades económicas podrán atender al público los días lunes, martes, miércoles, jueves y viernes, en los siguientes horarios: a) Actividades económicas de abastecimiento de alimentos, de productos de primera necesidad y ferreterías, entre las 07:00 y 14:00 horas; b) Las actividades económicas de comercio y servicio entre las 07:00 y 14:00 horas; c) Los servicios de profesionales independientes entre las 07:00 y 13:00 horas.

      Entretanto, el servicio de entrega de comida a domicilio (Delivery) será de lunes a domingo en los horarios de 09:00 a.m. a 22:00 p.m.

     Es obligatorio cumplir como mínimo las siguientes medidas de bioseguridad: Distanciamiento físico mínimo de uno y medio (1,50) metros; uso obligatorio de barbijo; para la desinfección el uso del alcohol al setenta por ciento (70%) y/o alcohol en gel; y lavado permanente de manos.

     La Banca Financiera desarrollará sus labores de acuerdo a las condiciones de cuarentena de Riesgo Alto adoptada para el municipio de Cobija en los días y horarios establecidos dentro del municipio, debiendo contar con medidas de bioseguridad y desinfección para sus funcionarios y el público usuario.

     No podrán reactivar su funcionamiento los establecimientos de actividades económicas de recreación y entretenimiento, enseñanza, gimnasios, salas de internet, espacios deportivos, de expendio y/o consumo de bebidas alcohólicas, saunas, piscinas y cualquier otro que genere aglomeración de personas e implique alto riesgo de contagio del Covid-19 entre personas.

Transporte

     El sector del transporte público podrá circular hasta las 15.00 p.m. cumpliendo con los protocolos de bioseguridad y según las determinaciones establecidas.

     Se levanta parcialmente la suspensión temporal de operaciones aéreas hacia el municipio de Cobija, permitiéndose a partir del primero de julio un vuelo semanal por aerolínea que opera en la ruta, cumpliendo el protocolo establecido y bajo la coordinación, recepción y seguimiento epidemiológico del Servicio Departamental de Salud (Sedes). Para el servicio de avionetas, se permite vuelos los días habilitados para las aerolíneas nacionales (lunes, miércoles y viernes), bajo las mismas condiciones.

Restricciones

     Se mantienen el cierre de fronteras aéreas, terrestres, fluviales y lacustres; suspensión de vuelos internacionales; suspensión temporal de clases presenciales en todos los niveles y modalidades educativas; suspensión de eventos públicos; suspensión del funcionamiento de actividades culturales; deportivas, incluyendo gimnasios; festivos; políticos y todo tipo de reunión que genere aglomeración de personas.

     Se prohíbe la circulación de personas y vehículos de lunes a viernes, en horarios de 15:00 p.m. a 06:00 a.m.; se prohíbe la circulación de personas y vehículos los días sábados y domingos.

Control

     La Intendencia Municipal será la encargada de realizar los controles respectivos de las actividades económicas para el cumplimiento de los horarios, actos de bioseguridad y otras restricciones, a este fin podrá coordinar acciones con la Policía, Fiscalía y otras instancias del nivel central, departamental y municipal.

     La autoridad competente para realizar el control del cumplimiento de las medidas de bioseguridad en las instituciones públicas y privadas es la Dirección Departamental de Trabajo.

     La Policía Boliviana, Fuerzas Armadas, Seguridad Ciudadana a través de sus brazos operativos y otros que se designen para el efecto, serán los encargados del control y cumplimiento los días y horarios establecidos para la circulación, pudiendo coordinar acciones con el Ministerio Publico y/o autoridad jurisdiccional.

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