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30 de abril vence el plazo para el pago del IUE y los beneficios del perdonazo

COBIJA/PERLA DEL ACRE

Ramiro Villarreal, Gerente Distrital del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) en Pando confirmó que este 30 de abril vence el plazo de pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) y presentación de Estados Financieros en físico y digital para las empresas de los sectores de comercio, servicios, seguros, banca y otros, que cerraron su gestión el 31 de diciembre de 2018.

     El Decreto Supremo Nº 24051 de Reglamento del IUE, de 29 de junio de 1995, dispone que los plazos para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del IUE, cuando corresponda, vence a los 120 días posteriores al cierre de la gestión fiscal.

     Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la Declaración Jurada a través de los Formularios Nº 500, para empresas obligadas a llevar registros contables; 520, para empresas no obligadas a presentar registros contables; 501, para transportistas; y 510, para Profesionales Liberales u Oficios. Además deberán prever la presentación del Formulario 501 las personas naturales que prestan servicio público de transporte interdepartamental de pasajeros y carga.

     “A los contribuyentes que se encuentran fuera de Zona Franca Cobija les conviene pagar hasta el martes 30 de abril el IUE, porque le sirve como un pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones (IT) por el periodo fiscal correspondiente a mayo 2019, que se declara en junio de esta gestión”, mencionó Villarreal.

     De los cuatro impuestos importantes que existen en el país, Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE), Impuesto al Valor Agregado (IVA),  Impuesto a las Transacciones (IT) y el Régimen Complementario al IVA (RC IVA), en Zona Franca Cobija solo se paga el IUE, este pago se lo realiza una vez al año y varia en proporción a las utilidades que obtiene el contribuyente.

     “No obstante este gran beneficio que favorece a un pequeño sector de la población,  algunos malos contribuyentes constantemente pretenden eludir sus obligaciones unas veces no pagando o pagando de menos su impuesto o no facturando; demostrando una actitud inconsciente y de rapiña en contra de los intereses de la población, porque los escasos recursos recaudados se destinan en última instancia a obras de infraestructura, salud, educación, etc.”, explicó el gerente distrital del SIN.

     La autoridad también recordó que el perdonazo tributario vence el próximo 30 de abril, fecha hasta la cual quienes paguen al contado su deuda tributaria y su mantenimiento de valor, se benefician con la reducción del 90% de las multas por delitos de defraudación tributaria, contravenciones de evasión u omisión de pago y las multas por incumplimiento de deberes formales (IDF) vinculadas por proceso de determinación, sin intereses.

     También hasta el 30 de abril de 2019, los contribuyentes pueden acogerse a facilidades de pago por el tributo omitido actualizado, sin intereses y con la reducción del 80% de las multas por delitos de defraudación tributaria, contravenciones de evasión u omisión de pago y las multas por IDF vinculados al proceso de determinación, correspondientes a periodos fiscales anteriores a la publicación de la Ley 1105.

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